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Nini

Trabajaba para una empresa de recaudación y pagos que tiene actualmente la licitación de las cargas del sistema de pago del transporte público.

Cuento cortó nos despidieron a todos los que perteneciamos a los locales 'siniestrados', según el artículo 161.

Pero ellos nos están calculando el finiquito a su antojo, porque cada vez que alguien va a pedir explicaciones del cálculo nos señalan la forma de hacerlo según el artículo 163, que como dice el art. 41 se toma la última remuneración.

Nos reservaremos el derecho de demandar, entre otras cosas porque más encima no nos quieren pagar el feriado irrenunciable que trabajamos según porque como nos pagaron todo el mes no tenemos 'derecho' de pedir que nos paguen esas horas extras.
Si firmamos por la inspección del trabajo el finiquito y nos reservamos el derecho ¿cuánto duraría el proceso? ¿Sería lo mismo que firmar amos en la notaría y luego con los papeles ver el tema con el abogado del sindicato de la empresa que nos ofreció sus servicios?
Quizás esto ya se ha respondido, pero no manejamos bien está información ya que muchos de los que fuimos despedidos llevábamos hasta 13 años ahí y tenemos muchas dudas aún de como realizar todo esto, solo queremos recibir lo justo luego de tantos años de trabajo y dedicación.



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