Aclaración sobre la obligación de informar las transferencias
Ya que en confesiones anteriores he visto bastante desconocimiento sobre este tema, quisiera aclarar en qué consiste
El proyecto de ley obliga a los bancos a informar si una persona, entidad o patrimonio de afectación recibe 50 transferencias/abonos de 50 distintas personas o entidades en un plazo de 1 día, 1 semana o 1 mes, o 100 transferencias/abonos de 100 personas distintas en un plazo de 6 meses.
Leí mucho por ahí que el SII consolidaría la información del sistema bancario, pero no es verdad, para que un banco deba informar, la hipótesis debe cumplirse en ese banco, independiente de la cantidad de cuentas que posea ahí (si tiene más de 1 cuenta, se suman), pero, si usted tiene cuentas en distintos bancos, la única manera de que el SII sepa, es que usted cumpla la hipótesis en uno o todos los bancos, pero será de manera independiente entre si, por ejemplo, si lo cumple en el del patito, ese informa sobre esas cuentas, pero no puede informar sobre el español o el nacional, pero, si usted tiene 49 en el del patito, 49 en el español y 49 en el nacional, ninguno está obligado a informar ya que la hipótesis jamás se cumpliría.
La única forma que tendría el SII para informarse es acusarlo de elusión, iniciar una fiscalización y solicitar la información de sus cuentas bancarias (cosa a la que usted se puede negar), peeero, para eso la reducción de la base imponible debe superar las 1.000 UTM, por lo que para los emprendimientos no es aplicable.
Espero que esta información los haya dejado más claros a todos, un abrazo!
