Se puede inflar ?
Tengo una gran duda y estoy un poco perdida con el tema de la otorgacion de crédito hipotecario.
Yo hace unas semanas obtuve una aprobación de crédito hipotecario con un banco que empieza con B y termina con I, el tema es que como muchos, no tengo cómo acreditar el total del pie. La ejecutiva me dijo que una opción es inflar el precio de la propiedad que esté bajo el precio de tasación eso si, con objetivo de que el banco me preste la cantidad que puede pero que en realidad me cubra el 100% del monto de venta.
Mis dudas son las siguientes: en qué momento este banco en particular me pide acreditar el pie en la cuenta corriente, preguntó específicamente a quienes hayan adquirido hipotecario con esta entidad bancaria no con otras, porfis. Lo otro al momento de la venta y firmar escritura el monto que sale en escritura es el inflado o el monto que se acuerda con él vendedor ?
Reiteró, solo recomendaciones de personas que hayan obtenido recientemente crédito en este banco por favor.. muchas gracias cualquier comentario sobre el proceso sirve..
