Dias compensatorios
Ojala me pudieran ayudar, tengo una duda y no e encontrado la info especifica que ando buscando.
Entre a trabajar a una empresa de valores (con loguito azul) y me informaron en la firma del contrato los horarios y todo eso, peeeero nos dijeron que había que trabajar los feriados normales pero los irrenunciables no, la cosa es que voy pal mes trabajando y me dan el horario y me toca trabajar este 25 y 1 de enero, por lo que me pareció raro ya que nos habían dicho que no, fui a consultar y me mandaron a leer el contrato y claramente dice art. 38 blabla según ese art. Debo tener un día compensatorio por trabajar esos dos días feriados irrenunciables aparte del pago 100% por el día, el problema es que fui a hablar de nuevo y me mandaron literalmente a laaar xddd por que me salen con que como trabajamos con turnos rotativos a mi no me corresponde libre compensatorio.
Porfi estaria ene agradecida, ya que me cagaron la navidad con mi wawa y me da tanta lata tener que dejarla sola y no pasarla con ella
