Personal de confianza..
Ingresé a una empresa como técnico en baja y mediana tensión, la cosa es que al preguntar por el horario de trabajo me dijeron que se regía por el artículo 22 del Código del Trabajo, lo que significa que te pueden llamar 24/7, el sábado trabajé hasta las 6am, ¿es legal eso?.
Tengo entendido que el artículo 22 solo sirven con gerentes.
Quedo atento a los comentarios.
Saludos.
